Articulo 15 Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación
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Artículo 15.-Funciones.

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1. Son funciones del Consejo Rector:

a) El seguimiento, la supervisión y el control superior de la actuación de la Agencia.

b) Aprobar las líneas de actuación de la Agencia que le sean elevadas por la Presidencia.

c) Aprobar los planes de acción anuales, así como los criterios e indicadores para la medición de su cumplimiento y del grado de eficiencia.

d) Aprobar los presupuestos de explotación y capital de la entidad, elevándolos a la Consejería de adscripción para su tramitación conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 30.

e) Elaborar los Estatutos de Organización y Funcionamiento de la Agencia, así como sus modificaciones, y someterlos, a través de la Consejería de adscripción, a la aprobación del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

f) El control de la gestión del titular de la Dirección Ejecutiva y la exigencia a esta de las responsabilidades que procedan.

g) La aprobación del informe anual de actividades ordinarias y extraordinarias al que se refiere el artículo 17.4 g) y de cuantos extraordinarios se consideren necesarios sobre la gestión, valorando los resultados obtenidos y consignando las deficiencias observadas.

h) Promover la creación o participación en sociedades u otras entidades cuyo objeto esté relacionado con los objetivos de la entidad, así como acordar la propuesta de cese en la participación de las mismas o de su extinción.

i) Aprobar las cuentas y estados financieros de la Agencia.

j) Acordar la solicitud de préstamos con los requisitos, fines y límites que se establezcan.

k) Aprobar los precios privados a percibir como contraprestación por los servicios prestados por la Agencia.

l) Aprobar el inventario de bienes y derechos, tanto propios como adscritos, previsto en el artículo 25.

m) Proponer a la Consejería de adscripción la aprobación de la estructura organizativa de la Agencia o su modificación, determinando las áreas en que la Agencia haya de organizarse a propuesta de la Dirección Ejecutiva, la masa salarial y la plantilla de la Agencia, así como elevar la propuesta de la oferta anual de empleo de la Agencia para su integración en la oferta de empleo público de la Administración del Principado de Asturias.

n) Aprobar el marco general de delegación de competencias de la Agencia.

ñ) Cualesquiera otras funciones no asignadas a los restantes órganos de la Agencia y que le puedan corresponder legal o reglamentariamente.

2. El Consejo Rector podrá delegar en la Presidencia de la Agencia o en la Dirección Ejecutiva las funciones señaladas en las letras k) y m).