Articulo 15 el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía
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»Artículo 15. Convocatorias.
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1. Las convocatorias, juntamente con sus bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Las convocatorias podrán ser de carácter unitario o para ingreso en Cuerpos o Especialidades determinados.
3. Las bases de las convocatorias vinculan a la Administración y a los órganos de selección que han de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.
4. Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
