Articulo 15 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento
Articulo 15 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento.
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»Artículo 15. Justificación.
Vigente
La justificación de los pagos del programa Bono de Empleo Joven revestirá la forma de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gastos, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 30.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, debiendo la empresa contratante aportar la siguiente documentación.
a) Nóminas y documentación acreditativa de su abono a las personas titulares del bono.
b) Boletines de cotización a la Seguridad Social tc1 y tc2 del periodo comprendido entre los seis meses anteriores y doce meses posteriores a la formalización del contrato con la persona titular del bono.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-05-2013 en vigor desde 01-06-2013