Articulo 15 Forestal de Andalucía
- Norma derogada desde el 9 de abril de 2026. - Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía.
Ver Indice
»Artículo 15.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Acordada por el Consejo de Gobierno la elaboración de un Plan de Ordenación de Recursos Naturales, la Administración Forestal, previas las consultas oportunas, someterá a información pública el Anteproyecto del Plan.
Concluida la información pública y con lo que de la misma resulte, previa audiencia de las Corporaciones Locales afectadas, se elevará el proyecto de Plan al Consejo de Gobierno para su aprobación.
