Artículo 15 LEY 3/2026, ...de Euskadi

Artículo 15. LEY 3/2026, de 14 de mayo, País Vasco, Transparencia de Euskadi

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Artículo 15. - Información institucional y organizativa.

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1.– Los sujetos que conforme a lo establecido en esta ley están obligados a suministrar información publicarán la relativa a las funciones que desarrollan y a la normativa que les sea de aplicación, incluyendo en particular los estatutos y sus normas de organización, la ubicación física de sus sedes, así como los horarios de atención al público y, en su caso, los canales electrónicos de atención y tramitación de los que dispongan. De manera específica publicarán la información relativa al órgano competente o a la persona o personas responsables de cumplir las obligaciones de publicidad activa y pasiva en la respectiva organización.

2.– A estos efectos, las entidades concernidas incluirán un organigrama actualizado que identifique a las personas responsables de los diferentes órganos, las autoridades y el personal directivo que las dirige, con su perfil y trayectoria profesional, así como un directorio que incluya, al menos, información relativa al puesto desempeñado, teléfono y direcciones electrónicas para la interacción.