LEY 3/2026, de 14 de mayo, de Transparencia de Euskadi.
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Ambito: País Vasco
Estado: VIGENTE. Validez desde 26 de Mayo de 2026
F. entrada en vigor: 26/05/2026
Órgano emisor: LEHENDAKARITZA
Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 96
F. Publicación: 25/05/2026
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preámbulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. - Objeto.
Artículo 2. - Fines.
Artículo 3. - Principios generales de funcionamiento e interacción con la ciudadanía.
Artículo 4. - Definiciones.
Artículo 5. - Compromisos generales de transparencia.
Artículo 6. - Derechos y obligaciones de la ciudadanía en materia de transparencia.
Artículo 7. - Protección de datos personales.
Artículo 8. - Ámbito material y personal de aplicación de las normas de transparencia.
Artículo 9.- Ámbito material y personal de aplicación de la regulación referida a la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
TÍTULO II. TRANSPARENCIA DE LA ACTIVIDAD PÚBLICA
CAPÍTULO I. PUBLICIDAD ACTIVA
Artículo 10. - Principios rectores de la publicidad activa.
Artículo 11. - Obligaciones en materia de publicidad activa.
Artículo 12. - Control del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa.
Artículo 13. - Portal de transparencia de la Administración autonómica.
Artículo 14. - Información sujeta a publicidad.
Artículo 15. - Información institucional y organizativa.
Artículo 16. - Información sobre planificación y evaluación.
Artículo 17. - Información de relevancia jurídica.
Artículo 18. - Información sobre la actividad administrativa con incidencia económica.
Artículo 19. - Información sobre contratos.
Artículo 20. - Información sobre la actividad pública.
Artículo 21. - Información económica, presupuestaria y patrimonial.
Artículo 22. - Otra información de interés general a publicar.
Artículo 23. - Reutilización y apertura de datos.
CAPÍTULO II. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Artículo 24. - Derecho de acceso a la información pública.
Artículo 25. - Derechos de la persona solicitante de información pública.
Artículo 26. - Obligaciones de las personas y entidades que accedan a la información pública.
Artículo 27. - Modalidad de acceso a la información pública.
Artículo 28. - Principio de gratuidad y costes.
Artículo 29. - Límites al derecho de acceso a la información pública.
Artículo 30. - Protección de datos personales en las solicitudes de acceso a la información pública.
Artículo 31. - Acceso parcial.
Artículo 32. - Órganos competentes para la tramitación y resolución de las solicitudes de acceso a la información pública.
Artículo 33. - Procedimiento para el acceso a la información pública.
Artículo 34. - Solicitud de acceso a la información pública.
Artículo 35. - Causas de inadmisión de la solicitud de acceso a la información pública.
Artículo 36. - Tramitación de la solicitud de acceso a la información pública.
Artículo 37. - Resolución de la solicitud de acceso a la información pública.
Artículo 38. - Formalización del acceso y entrega de la información.
Artículo 39. - Procedimiento de impugnación.
Artículo 40. - Reclamación potestativa ante la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena.
Artículo 41. - Procedimiento de mediación.
CAPÍTULO III. PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN
Artículo 42. - Planificación en materia de transparencia.
Artículo 43. - Evaluación de la transparencia.
Artículo 44. - Coordinación interdepartamental en materia de transparencia.
CAPÍTULO IV. RÉGIMEN SANCIONADOR
Artículo 45. - Régimen sancionador.
Artículo 46. - Responsables.
Artículo 47. - Infracciones en materia de transparencia.
Artículo 48. - Sanciones.
Artículo 49. - Sanciones para el personal empleado público.
Artículo 50. - Procedimiento.
Artículo 51. - Potestad sancionadora.
TÍTULO III. PROGRAMA DE GOBIERNO Y RENDICIÓN SOCIAL DE CUENTAS
Artículo 52. - Programa de gobierno.
Artículo 53. - Rendición social de cuentas.
TÍTULO IV. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
CAPÍTULO I. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Artículo 54. - Finalidad y articulación de la participación ciudadana.
Artículo 55. - Plataforma de gobierno abierto.
Artículo 56. - Gobernanza colaborativa.
Artículo 57. - Organización y gestión de los procesos de gobernanza colaborativa.
Artículo 58. - Iniciación y principios de los procesos participativos y de gobernanza colaborativa.
CAPÍTULO II. REGISTRO PARA LA PARTICIPACIÓN Y LA COLABORACIÓN DE LA CIUDADANÍA
Artículo 59. - Registro para la participación y la colaboración de la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Artículo 60. - Medidas de fomento de la participación.
Artículo 61. - Garantías y derechos comunes a los diferentes procedimientos e instrumentos participativos.
Artículo 62. - Asuntos excluidos de la participación y colaboración ciudadana.
Artículo 63. - Informe de participación y colaboración.
CAPÍTULO III. REGISTRO DE GRUPOS DE INTERÉS
Artículo 64. - Registro de grupos de interés de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Artículo 65. - Grupos de interés.
Artículo 66. - Actividades y entidades excluidas del registro.
Artículo 67. - Inscripción.
Artículo 68. - Contenido del registro.
Artículo 69. - Obligaciones de las personas declarantes.
Artículo 70. - Contenido mínimo del código de conducta.
Artículo 71. - Control y verificación.
Artículo 72. - Medidas de aplicación en caso de incumplimiento.
Artículo 73. - Adscripción orgánica del registro y regulación reglamentaria.
TÍTULO V. AUTORIDAD VASCA DE TRANSPARENCIA-GARDENA
Artículo 74. - Creación de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena.
Artículo 75. - Naturaleza de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena.
Artículo 76. - Régimen jurídico.
Artículo 77. - Régimen económico y presupuestario.
Artículo 78. - Régimen de personal.
Artículo 79. - Régimen de contratación.
Artículo 80. - Régimen de asistencia jurídica.
Artículo 81. - Régimen de recursos.
Artículo 82. - Circulares y recomendaciones.
Artículo 83. - Potestad sancionadora.
Artículo 84. - Estructura organizativa.
Artículo 85. - Presidencia de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena.
Artículo 86. - Funciones de la presidencia.
Artículo 87. - El Consejo Consultivo de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena.
Artículo 88. - Memoria anual de actividad de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena.
Artículo 89. - Control parlamentario.
Artículo 90. - Transparencia.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. - Sustitución de la actividad de la Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública.
D.A. 2ª. - Régimen jurídico del personal de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena.
D.A. 3ª. - Régimen jurídico de la persona responsable del sistema interno de información de infracciones normativas y de protección de las personas informantes.
D.A. 4ª. - Creación del órgano colegiado de coordinación interdepartamental en materia de transparencia.
D.A. 5ª. - Colaboración con otras instituciones y administraciones públicas.
D.A. 6ª. - Decreto del registro de grupos de interés.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.- Procedimientos pendientes de resolución.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. - Inicio de las actividades de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena.
D.F. 2ª. - Modificación de la Ley 1/2012, de 2 de febrero, de la Autoridad Vasca de la Competencia.
D.F. 3ª. - Aprobación del Estatuto de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena.
D.F. 4ª. - Entrada en vigor.
