Legislación

LEY 3/2026, de 14 de mayo, de Transparencia de Euskadi.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: País Vasco

Estado: VIGENTE. Validez desde 26 de Mayo de 2026

F. entrada en vigor: 26/05/2026

Órgano emisor: LEHENDAKARITZA

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 96

F. Publicación: 25/05/2026

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preámbulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. - Objeto. Artículo 2. - Fines. Artículo 3. - Principios generales de funcionamiento e interacción con la ciudadanía. Artículo 4. - Definiciones. Artículo 5. - Compromisos generales de transparencia. Artículo 6. - Derechos y obligaciones de la ciudadanía en materia de transparencia. Artículo 7. - Protección de datos personales. Artículo 8. - Ámbito material y personal de aplicación de las normas de transparencia. Artículo 9.- Ámbito material y personal de aplicación de la regulación referida a la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
TÍTULO II. TRANSPARENCIA DE LA ACTIVIDAD PÚBLICA
CAPÍTULO I. PUBLICIDAD ACTIVA
Artículo 10. - Principios rectores de la publicidad activa. Artículo 11. - Obligaciones en materia de publicidad activa. Artículo 12. - Control del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa. Artículo 13. - Portal de transparencia de la Administración autonómica. Artículo 14. - Información sujeta a publicidad. Artículo 15. - Información institucional y organizativa. Artículo 16. - Información sobre planificación y evaluación. Artículo 17. - Información de relevancia jurídica. Artículo 18. - Información sobre la actividad administrativa con incidencia económica. Artículo 19. - Información sobre contratos. Artículo 20. - Información sobre la actividad pública. Artículo 21. - Información económica, presupuestaria y patrimonial. Artículo 22. - Otra información de interés general a publicar. Artículo 23. - Reutilización y apertura de datos.
CAPÍTULO II. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Artículo 24. - Derecho de acceso a la información pública. Artículo 25. - Derechos de la persona solicitante de información pública. Artículo 26. - Obligaciones de las personas y entidades que accedan a la información pública. Artículo 27. - Modalidad de acceso a la información pública. Artículo 28. - Principio de gratuidad y costes. Artículo 29. - Límites al derecho de acceso a la información pública. Artículo 30. - Protección de datos personales en las solicitudes de acceso a la información pública. Artículo 31. - Acceso parcial. Artículo 32. - Órganos competentes para la tramitación y resolución de las solicitudes de acceso a la información pública. Artículo 33. - Procedimiento para el acceso a la información pública. Artículo 34. - Solicitud de acceso a la información pública. Artículo 35. - Causas de inadmisión de la solicitud de acceso a la información pública. Artículo 36. - Tramitación de la solicitud de acceso a la información pública. Artículo 37. - Resolución de la solicitud de acceso a la información pública. Artículo 38. - Formalización del acceso y entrega de la información. Artículo 39. - Procedimiento de impugnación. Artículo 40. - Reclamación potestativa ante la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena. Artículo 41. - Procedimiento de mediación.
CAPÍTULO III. PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN
Artículo 42. - Planificación en materia de transparencia. Artículo 43. - Evaluación de la transparencia. Artículo 44. - Coordinación interdepartamental en materia de transparencia.
CAPÍTULO IV. RÉGIMEN SANCIONADOR
Artículo 45. - Régimen sancionador. Artículo 46. - Responsables. Artículo 47. - Infracciones en materia de transparencia. Artículo 48. - Sanciones. Artículo 49. - Sanciones para el personal empleado público. Artículo 50. - Procedimiento. Artículo 51. - Potestad sancionadora.
TÍTULO III. PROGRAMA DE GOBIERNO Y RENDICIÓN SOCIAL DE CUENTAS
Artículo 52. - Programa de gobierno. Artículo 53. - Rendición social de cuentas.
TÍTULO IV. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
CAPÍTULO I. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Artículo 54. - Finalidad y articulación de la participación ciudadana. Artículo 55. - Plataforma de gobierno abierto. Artículo 56. - Gobernanza colaborativa. Artículo 57. - Organización y gestión de los procesos de gobernanza colaborativa. Artículo 58. - Iniciación y principios de los procesos participativos y de gobernanza colaborativa.
CAPÍTULO II. REGISTRO PARA LA PARTICIPACIÓN Y LA COLABORACIÓN DE LA CIUDADANÍA
Artículo 59. - Registro para la participación y la colaboración de la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 60. - Medidas de fomento de la participación. Artículo 61. - Garantías y derechos comunes a los diferentes procedimientos e instrumentos participativos. Artículo 62. - Asuntos excluidos de la participación y colaboración ciudadana. Artículo 63. - Informe de participación y colaboración.
CAPÍTULO III. REGISTRO DE GRUPOS DE INTERÉS
Artículo 64. - Registro de grupos de interés de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 65. - Grupos de interés. Artículo 66. - Actividades y entidades excluidas del registro. Artículo 67. - Inscripción. Artículo 68. - Contenido del registro. Artículo 69. - Obligaciones de las personas declarantes. Artículo 70. - Contenido mínimo del código de conducta. Artículo 71. - Control y verificación. Artículo 72. - Medidas de aplicación en caso de incumplimiento. Artículo 73. - Adscripción orgánica del registro y regulación reglamentaria.
TÍTULO V. AUTORIDAD VASCA DE TRANSPARENCIA-GARDENA
Artículo 74. - Creación de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena. Artículo 75. - Naturaleza de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena. Artículo 76. - Régimen jurídico. Artículo 77. - Régimen económico y presupuestario. Artículo 78. - Régimen de personal. Artículo 79. - Régimen de contratación. Artículo 80. - Régimen de asistencia jurídica. Artículo 81. - Régimen de recursos. Artículo 82. - Circulares y recomendaciones. Artículo 83. - Potestad sancionadora. Artículo 84. - Estructura organizativa. Artículo 85. - Presidencia de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena. Artículo 86. - Funciones de la presidencia. Artículo 87. - El Consejo Consultivo de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena. Artículo 88. - Memoria anual de actividad de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena. Artículo 89. - Control parlamentario. Artículo 90. - Transparencia.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. - Sustitución de la actividad de la Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública. D.A. 2ª. - Régimen jurídico del personal de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena. D.A. 3ª. - Régimen jurídico de la persona responsable del sistema interno de información de infracciones normativas y de protección de las personas informantes. D.A. 4ª. - Creación del órgano colegiado de coordinación interdepartamental en materia de transparencia. D.A. 5ª. - Colaboración con otras instituciones y administraciones públicas. D.A. 6ª. - Decreto del registro de grupos de interés.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.- Procedimientos pendientes de resolución.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. - Inicio de las actividades de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena. D.F. 2ª. - Modificación de la Ley 1/2012, de 2 de febrero, de la Autoridad Vasca de la Competencia. D.F. 3ª. - Aprobación del Estatuto de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena. D.F. 4ª. - Entrada en vigor.