Articulo 15 Ordenación de...or público

Articulo 15 Ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general gallega y de su sector público

  • Téngase en cuenta que las referencias realizadas a la persona titular de la Dirección General de la Asesoría Jurídica General o a la Dirección General de la Asesoría Jurídica General se entenderán hechas a la persona titular de la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General o a la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General, según dispone la Ley 7/2022, de 27 de diciembre. - LEY 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
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Artículo 15. Funciones en materia de derecho de la Unión Europea e internacional

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1. Corresponde a la Asesoría Jurídica General el asesoramiento jurídico en materia de derecho de la Unión Europea y derecho internacional, el seguimiento de la normativa comunitaria y la realización de estudios en dicha materia, de acuerdo con lo que se disponga en las normas que aprueben la estructura orgánica de la Asesoría Jurídica General.

2. Igualmente, le corresponde la representación y defensa de la Administración autonómica, así como el asesoramiento ante los órganos y organismos internacionales o supranacionales en que ésta sea parte, en cualquier procedimiento jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable.