Articulo 15 Prestación de...nistración

Articulo 15 Prestación del servicio mediante teletrabajo en la Administración

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Artículo 15. Presentación de solicitudes.

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1. Una vez publicada la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, en el plazo que la misma establezca, las personas empleadas públicas interesadas deberán presentar su solicitud con sujeción al modelo de solicitud que se apruebe en la resolución de convocatoria y que se encontrará disponible también en el Portal del Empleado Público, presentándola en cualquiera de las oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería a la que se encuentre adscrito el interesado o al órgano competente equivalente del organismo o ente público, junto, en su caso, con los documentos que justifiquen los criterios que integran el baremo establecido en el artículo 22 de este decreto.

3. La solicitud quedará referida exclusivamente al puesto de trabajo que se hallare ocupando la persona empleada pública en el momento de la solicitud.