Articulo 15 Régimen de la...rbanizable

Articulo 15 Régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable

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Artículo 15. Obligaciones de las personas propietarias de los asentamientos urbanísticos incorporados.

Vigente

Corresponderá a las personas que ostenten la titularidad de los terrenos y edificaciones en aquellos asentamientos que se incorporen al Plan General de Ordenación Urbanística costear la urbanización y las infraestructuras exteriores necesarias para dotar al asentamiento de los servicios básicos urbanísticos enumerados en el artículo 45.1.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, así como la cesión de los terrenos destinados a dotaciones públicas y los demás deberes asignados por la referida Ley en función de la clase de suelo donde se sitúa la actuación.