Articulo 15 Reglamento interno de la Fiscalía Europea
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»Artículo 15. Decisión sobre las Salas Permanentes
Vigente
1. El número de Salas Permanentes, así como el reparto de competencias entre las Salas Permanentes y la asignación de casos, se determinarán mediante una decisión sobre la creación de las Salas Permanentes y la asignación de casos (en lo sucesivo, «Decisión sobre las Salas Permanentes») que adoptará el Colegio a propuesta del fiscal general europeo.
2. La propuesta del fiscal general europeo irá acompañada de una nota explicativa.
3. La Decisión sobre las Salas Permanentes determinará las modalidades de procedimiento de las reuniones de las Salas Permanentes.
4. La decisión sobre las Salas Permanentes se publicará en el Diario Oficial y en el sitio web de la Fiscalía Europea.