Artículo 15 se regulan los horarios para 2025 de espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos
- Norma derogada desde el 1 de enero de 2026. - Orden 3/2025 de 24 de Nov C.A. Com. Valenciana (Horarios 2026 de espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos)
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»Artículo 15. Horario de espectáculos o actividades declarados compatibles
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1. La resolución que declare la compatibilidad de los espectáculos o actividades que difieran en cuanto a horario en locales cuya solicitud de apertura contemplare dos o más de aquéllos, determinará la hora de apertura y cierre de cada uno en función de las condiciones solicitadas para su autorización.
2. Los horarios de los espectáculos o actividades objeto de compatibilidad en un establecimiento no podrán ser autorizados en toda su extensión en tanto no se respete el plazo de cuatro horas entre la apertura y el cierre de aquél de acuerdo con lo previsto en el artículo 157 del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell.
