Articulo 15 Servicio de c...s Públicos

Articulo 15 Servicio de capacitación lingüística para Entes Públicos

Ver Indice
»

Artículo 15.- Resolución.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1.- La Resolución de concesión de las subvenciones previstas en esta Orden será dictada por el Director del Instituto Vasco de Administración Pública según se establece a continuación.

la Resolución de concesión de las subvenciones correspondientes al período enero-junio será dada antes del 31 de octubre. La Resolución correspondiente al período julio-diciembre será dada antes del 31 de diciembre de ese año.

2.- Las resoluciones correspondientes serán publicadas en el Boletín Oficial del País Vasco y notificadas a quienes se adjudiquen.

3.- En el caso de que no recaiga resolución expresa en plazo, deberán entenderse desestimadas las solicitudes, a los efectos de lo establecido en el artículo 43.2.c de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la obligación que la citada Ley impone a la Administración de resolver expresamente.