Articulo 1501 TR Disposiciones dictadas en materia de tributos cedidos
Articulo 1501 TR Disposic...os cedidos

Articulo 1501 TR. Disposiciones dictadas en materia de tributos cedidos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 150-1.- Bonificación de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los contribuyentes de este impuesto que sean titulares del patrimonio protegido regulado en la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad, podrán aplicarse una bonificación del 99 por 100 en la parte de la cuota que proporcionalmente corresponda a los bienes o derechos incluidos en dicho patrimonio con un límite de 300.000 euros; para el resto del patrimonio, no cabrá bonificación alguna.

Modificaciones