Articulo 154 Ordenación, ...eguradoras

Articulo 154 Ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras

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Artículo 154. Requisitos de Sistema de Gobierno en el régimen especial de solvencia.

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Las entidades que se acojan a este régimen especial están sujetas a los requisitos de sistema de gobierno establecidos con carácter general, excepto en lo relativo a la evaluación interna de riesgos y de solvencia prevista en el artículo 66.2 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, la cual comprenderá como mínimo lo previsto en el artículo 46. a) de este real decreto.