Artículo 156 LEY 4/2026,...za y Pesca

Artículo 156. LEY 4/2026, de 2 de julio, Madrid, Caza y Pesca

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Artículo 156. Aspectos sociales de la actividad pesquera.

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1. La consejería competente en materia de pesca promoverá alcanzar el mejor conocimiento de los condicionantes sociológicos de la práctica de la pesca, fomentando su investigación aplicada e incidiendo en el colectivo de los pescadores que ejercen la actividad en la Comunidad de Madrid y sus demandas, recabando, en su caso, la colaboración del conjunto de los agentes implicados en la gestión y el aprovechamiento del medio acuícola.

2. La consejería competente en materia de pesca, de forma directa o en colaboración con otros organismos, entidades o instituciones, fomentará la formación, divulgación y sensibilización de la sociedad en los aspectos relativos a los recursos pesqueros y su aprovechamiento sostenible, así como los hábitats que los sustentan. Para ello, se promoverá:

a) Entre los pescadores y los titulares de los aprovechamientos pesqueros, la educación y divulgación de buenas prácticas, el respeto y conservación del medio ambiente y la educación en materia de desarrollo sostenible y aprovechamiento racional de los recursos naturales.

b) Para la sociedad en su conjunto, la difusión de la pesca como actividad cultural tradicional en la Comunidad de Madrid, así como su importancia para la gestión sostenible de los recursos naturales y para el mantenimiento del equilibrio poblacional de las especies, así como su contribución al desarrollo del medio rural.

c) Las acciones necesarias para favorecer la consideración de la pesca como un recurso de desarrollo socioeconómico con especial incidencia en el medio rural, especialmente mediante el desarrollo de un turismo ligado a la práctica de la misma.

d) La realización de eventos deportivos o sociales en materia de pesca.

e) La incorporación de los jóvenes y de las mujeres a la actividad pesquera.

3. La programación de la educación ambiental promovida por los poderes públicos integrará entre sus objetivos la consecución de los fines y principios inspiradores del presente libro, teniendo carácter preferente la formación de los pescadores noveles.