Articulo 156 Reglamento d... Urbanismo

Articulo 156 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo

Ver Indice
»

Artículo 156. Aprovechamiento medio máximo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Para cada uno de los sectores delimitados en suelo urbanizable, el Plan General de Ordenación señalará el aprovechamiento medio máximo de cada sector que no podrá ser superado por el que resulte de las condiciones que aplique el Plan Parcial.