Articulo 16 Ciencia y Tecnología

Articulo 16 Ciencia y Tecnología

Ver Indice
»

Artículo 16. Funciones del Consejo Asesor en I+D+i de Navarra.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Consejo Asesor en I+D+i de Navarra desempeñará las siguientes funciones:

a) Realizar recomendaciones para que puedan ser tenidas en cuenta por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en el proceso de elaboración o revisión del Plan de ciencia, tecnología e innovación.

b) Formular recomendaciones a los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, para lograr una mejor consecución de los objetivos.

c) Elaborar propuestas de actuación y de dinamización de la I+D+i en Navarra.

d) Velar por el cumplimiento de las medidas que a favor de la igualdad entre mujeres y hombres se recogen en la presente ley foral, así como efectuar recomendaciones a tal fin a la Administración y a los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI.

2. Se dotará al Consejo Asesor en I+D+i de Navarra de medios suficientes para desarrollar sus funciones, entre las que se contemplan tareas de prospectiva tecnológica, económica y social.