Articulo 16 Conservación de la Naturaleza de Cantabria
Ver Indice
»Artículo 16. Denominación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las denominaciones de las categorías jurídicas de protección de los Espacios Naturales Protegidos, recogidas en el artículo 8 de la presente Ley, se utilizarán únicamente para los Espacios que se declaren con arreglo a las disposiciones de esta Ley y de la normativa de desarrollo de la misma, así como a la normativa estatal en la materia.
