Articulo 16 Función Publi...-Derogada-

Articulo 16 Función Publica de Asturias -Derogada-

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Artículo 16.

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Corresponde al Consejero de Hacienda y Economía proponer al Consejo de Gobierno, en el marco de la política presupuestaria, las directrices a que deberán ajustarse los gastos de personal de la Administración del Principado, así como autorizar cualquier medida de carácter general relativa al personal que pueda suponer modificaciones en el gasto.