Articulo 16 Indemnizaciones por razón de servicio de La Mancha
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»Artículo 16. Asistencia a las reuniones de órganos colegiados de la Administración, de órganos de administración de Organismos públicos y de consejos de administración de empresas en representación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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Las asistencias a las reuniones de órganos colegiados de la Administración, de órganos de administración de Organismos públicos, y consejos de administración de empresas con capital o control público regional, se abonarán excepcionalmente, en aquellos casos en que así se autorice por la titular de la Consejeria de Economía y Hacienda. A tal efecto, esta Consejería, previa solicitud de la Consejería a la que se encuentre vinculada dicho órgano, organismo o empresa, fijará las cantidades a percibir por cada asistencia.
