Articulo 16 Intervención para la protección ambiental
- Norma vigente hasta el 22 de junio de 2021, salvo lo previsto en las disposiciones transitorias primera y segunda de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre. - LEY FORAL 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.
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»Artículo 16. Renovación.
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La renovación de la autorización ambiental integrada deberá ser solicitada diez meses antes de su vencimiento y se tramitará por un procedimiento simplificado que se establecerá reglamentariamente. La falta de resolución y notificación expresa de la solicitud de renovación tendrá efectos estimatorios y, en consecuencia, se entenderá renovada la autorización ambiental integrada en las mismas condiciones.
