Artículo 16. Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, Navarra, Evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos
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»Artículo 16. Sistema de evaluación externa.
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1. La evaluación externa se llevará a cabo por la Comisión Foral para la Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios Públicos, pudiendo servirse de entidades u organismos independientes que éste autorice, dotados de autonomía y objetividad.
2. La evaluación consistirá en un examen sistemático basado en las autoevaluaciones realizadas por las distintas unidades u organismos.
