Legislación

Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos.

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Ambito: Navarra

Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Julio de 2026

F. entrada en vigor: 09/01/2006

Órgano emisor: COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 4

F. Publicación: 09/01/2006


Exposición de motivos
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Evaluación y calidad. Artículo 4. Principios generales.
CAPÍTULO II. Evaluación de las políticas públicas
Artículo 5. Autonomía para la evaluación. Artículo 6. Ámbito material de la evaluación. Artículo 7. Modalidades de evaluación. Artículo 8. Finalidad. Artículo 9. Momentos para la evaluación. Artículo 10. Contenidos de la evaluación. Artículo 11. Publicidad.
CAPÍTULO III. Evaluación de la calidad de los servicios públicos
Artículo 12. Concepto. Artículo 13. Finalidad. Artículo 14. Sistemas de evaluación. Artículo 15. Sistema de autoevaluación. Artículo 16. Sistema de evaluación externa. Artículo 17. Programas de mejora de la calidad.
CAPÍTULO IV. Cartas de Servicios
Artículo 18. Concepto y alcance. Artículo 19. Contenido. Artículo 20. Elaboración. Artículo 21. Aprobación, difusión y seguimiento.
CAPÍTULO V. Premios a la calidad de los servicios públicos
Artículo 22. Promoción.
CAPÍTULO VI. Comisión Foral para la evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos
Artículo 23. Naturaleza y funciones. Artículo 24. Acuerdo de colaboración con la Federación Navarra de Municipios y Concejos.
CAPÍTULO VII. Análisis de la demanda y grado de satisfacción ciudadana
Artículo 25. Definición. Artículo 26. Garantías de fiabilidad y seguridad. Artículo 27. Resultados.
CAPÍTULO VIII. Quejas y sugerencias
Artículo 28. Definición. Artículo 29. Presentación y tramitación de las quejas y sugerencias. Artículo 30. Contestación. Artículo 31. Seguimiento. Artículo 32. Efectos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Grado de aplicación de la Ley Foral. D.A. 2ª. Participación de los empleados públicos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. ÚNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación reglamentaria. D.F. 2ª. Entrada en vigor.