Articulo 16 Medidas tributarias, administrativas y de función pública de Murcia
Artículo 16. Creación de la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública de la Región de Murcia.
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1. Se crea la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública de la Región de Murcia, como órgano administrativo integrado en la Consejería competente en materia de función pública, dependiente del órgano directivo competente en materia de formación de personal.
2. Se integran en la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública de la Región de Murcia, la Escuela de Administración Pública de la Región de Murcia, la Escuela de Formación en Administración Local y la Escuela de Policías Locales de la Región de Murcia, cuyas funciones son asumidas por aquella. Asimismo, la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública de la Región de Murcia asume las funciones de selección del personal empleado público de la Administración Pública de la Región de Murcia.
3. El decreto que establezca la estructura orgánica de la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública de la Región de Murcia determinará, entre otros aspectos, sus órganos de gestión y asesoramiento, tanto de carácter colegiado como unipersonal.
4. Las unidades administrativas que desempeñan las funciones de selección y formación y su personal continuarán desarrollando las funciones asumidas por la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública de la Región de Murcia. Asimismo, dicho personal mantendrá sin alteración sus condiciones de trabajo hasta tanto se realicen, en su caso, las reestructuraciones orgánicas, presupuestarias y de puestos de trabajo correspondientes.
- Artículo modificado (16 (apdos. 2 y 4)) por Decreto-ley n.º 1/2025, de 5 de junio, de Simplificación Administrativa de la Región de Murcia.
(MU de 07-06-2025) en vigor desde 08-06-2025
