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Articulo 16 Plan para Derecho a la Vivienda

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Artículo 16. La Red de mediación para el alquiler social

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1. El programa de mediación se articula mediante las bolsas de mediación para el alquiler social que impulsan las administraciones locales. El conjunto de estas bolsas de mediación para el alquiler social constituye la Red de mediación para el alquiler social que da cobertura a los diversos ámbitos territoriales de Cataluña.

2. Las administraciones locales, mediante las bolsas de mediación para el alquiler social, actúan como intermediadoras entre las personas físicas o jurídicas propietarias y las arredatarias, les dan confianza y garantizan el cobro y buen uso de las viviendas, negocian rentas de alquiler por debajo del precio de mercado y buscan el alquiler más adecuado para cada unidad de convivencia que solicita la vivienda.

3. Las bolsas de mediación para el alquiler social han de procurar que las personas solicitantes puedan acceder a viviendas que se ajusten, por el número de habitaciones o metros cuadrados de superficie, a las características y al número de miembros de la unidad de convivencia. También han de procurar que la renta a pagar sea adecuada al nivel de ingresos de la unidad de convivencia.

4. Las administraciones locales reciben una aportación por cada contrato de alquiler que consiguen mediante las bolsas de mediación para el alquiler social, y por cada año posterior al de la firma del contrato de alquiler, en concepto de gestión. La cuantía de esta aportación se fijará en el convenio a firmar entre la Administración local correspondiente y la Agencia de la Vivienda de Cataluña, en función de las disponibilidades presupuestarias.

5. Con el objetivo de incrementar el número de viviendas destinadas a alquiler social, la Agencia de la Vivienda de Cataluña puede establecer un sistema de ayudas públicas, mediante concesión directa, a los y las profesionales dedicados a la intermediación inmobiliaria, que suministren viviendas de propiedad privada para este programa, por cada vivienda ofrecida y aceptada, en función de las disponibilidades presupuestarias y de acuerdo con la normativa aplicable.