Articulo 16 Protección de...y usuarias

Articulo 16 Protección de las personas consumidoras y usuarias

Ver Indice
»

Artículo 16. Prácticas comerciales agresivas

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Se considerarán ilícitas las prácticas comerciales agresivas, entendiendo como tales las que sometan a acoso al consumidor con ánimo de comercializar el producto o servicio utilizando cualquier tipo de medio, con especial mención al publicitario, telefónico o telemático; y aquellas en las que el consumidor haya manifestado, por medios generalmente admitidos, su voluntad de no recibir tales comunicaciones comerciales.