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Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidoras y usuarias de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 31-07-2014

Tiempo de lectura: 19 min

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Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 31/10/2014

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 103

F. Publicación: 31/07/2014


Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto de la ley Artículo 2. Definiciones Artículo 3. Bienes jurídicos protegidos en la relación de consumo y exclusiones
TÍTULO II. DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 4. Derechos de los consumidores y usuarios Artículo 5. Irrenunciabilidad de los derechos Artículo 6. Interpretación a favor del consumidor Artículo 7. Deber de diligencia Artículo 8. Situaciones de protección especial
CAPÍTULO II. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad de los consumidores y usuarios
Artículo 9. Deber general de garantizar la seguridad Artículo 10. Deber de informar sobre los riesgos Artículo 11. Deber de neutralizar el riesgo Artículo 12. Obligación de conservar y entregar la documentación
CAPÍTULO III. Derecho a la protección de los intereses económicos y sociales
Artículo 13. Protección contra los abusos contractuales Artículo 14. Oferta, promoción y publicidad Artículo 15. Protección del consumidor vulnerable en las ofertas contractuales Artículo 16. Prácticas comerciales agresivas Artículo 17. Calidad de los productos, bienes y servicios Artículo 18. Presupuesto Artículo 19. Resguardo de depósito Artículo 20. Documento justificativo de la relación de consumo Artículo 21. Documentación en la entrega de viviendas Artículo 22. Precio o contraprestación Artículo 23. Constancia de las condiciones de las ofertas Artículo 24. Comprobación de las comunicaciones comerciales y del etiquetado Artículo 25. Morosidad de los consumidores
CAPÍTULO IV. Derecho a la información del consumidor y el usuario
Artículo 26. Contenido mínimo de la información al consumidor Artículo 27. Información previa a la contratación de servicios Artículo 28. Información en materia de vivienda Artículo 29. Información de los precios Artículo 30. Lengua utilizada en la información
CAPÍTULO V. Derecho a la protección jurídica y a la reparación de daños y perjuicios sufridos
Artículo 31. Derecho a la reparación y a la indemnización de los daños y perjuicios sufridos
CAPÍTULO VI. Derecho a la educación y a la formación de los consumidores y usuarios
Artículo 32. Educación y formación de los consumidores Artículo 33. Objetivos de la formación y la educación
CAPÍTULO VII. Asociaciones de consumidores y usuarios
SECCIÓN 1ª. Participación, representación y consulta de las asociaciones de consumidores y usuarios
Artículo 34. Concepto de asociaciones de consumidores y usuarios Artículo 35. Fomento de las asociaciones de consumidores y usuarios Artículo 36. Funciones de las asociaciones de consumidores y usuarios Artículo 37. Derechos de las asociaciones de consumidores y usuarios Artículo 38. Audiencia
SECCIÓN 2ª. Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de las Illes Balears
Artículo 39. Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de las Illes Balears Artículo 40. Control de los requisitos de inscripción Artículo 41. Exclusión del Registro autonómico Artículo 42. Colaboración con el Registro estatal
CAPÍTULO VIII. El Consejo de Consumo de las Illes Balears
Artículo 43. El Consejo de Consumo de las Illes Balears
TÍTULO III. ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS
CAPÍTULO I. Actuaciones generales
Artículo 44. Acciones administrativas de protección Artículo 45. Conservación de archivos
CAPÍTULO II. Actuaciones administrativas en materia de información a los consumidores
Artículo 46. Actuaciones administrativas en materia de información Artículo 47. Oficinas de información al consumidor Artículo 48. Funciones de las oficinas de información al consumidor
CAPÍTULO III. Resolución extrajudicial de conflictos
Artículo 49. Hojas de reclamación o denuncia Artículo 50. Tramitación de denuncias y reclamaciones Artículo 51. Fomento del arbitraje de consumo Artículo 52. La Junta Arbitral de Consumo de las Illes Balears Artículo 53. Adhesión de las empresas de las Illes Balears al arbitraje de consumo
CAPÍTULO IV. Actuaciones administrativas para la educación y la formación de los consumidores y usuarios
Artículo 54. Desarrollo del derecho a la educación de los consumidores
CAPÍTULO V. Control e inspección de los productos, bienes y servicios
Artículo 55. La inspección y el control de mercado Artículo 56. Ámbito de actuación Artículo 57. El personal inspector Artículo 58. Funciones de la inspección de consumo Artículo 59. Facultades del personal inspector Artículo 60. Colaboración con la inspección Artículo 61. Obligaciones de los ciudadanos en las actuaciones inspectoras Artículo 62. Depósito y custodia de productos Artículo 63. Citaciones Artículo 64. Requerimientos Artículo 65. Actas de inspección Artículo 66. Valor probatorio de las actas de inspección Artículo 67. Diligencias de inspección Artículo 68. Toma de muestras Artículo 69. Pago de las muestras Artículo 70. Ratificación de las actuaciones Artículo 71. Formación y recursos de la inspección
CAPÍTULO VI. Medidas cautelares
Artículo 72. Medidas cautelares Artículo 73. Tipos de medidas cautelares Artículo 74. Procedimiento de actuación Artículo 75. Multas coercitivas Artículo 76. Comunicación de los riesgos y las irregularidades graves
TÍTULO IV. POTESTAD SANCIONADORA
Artículo 77. Atribución de la potestad sancionadora Artículo 78. Responsabilidad de las infracciones Artículo 79. Responsabilidades en supuestos de extinción de personas jurídicas Artículo 80. Otros responsables Artículo 81. Tipificación de infracciones Artículo 82. Clasificación y calificación de las infracciones Artículo 83. Criterios de graduación de las sanciones Artículo 84. Reducción de la sanción Artículo 85. Cuantía de las sanciones Artículo 86. Sanciones accesorias Artículo 87. Órganos competentes Artículo 88. Medidas cautelares Artículo 89. Procedimiento Artículo 90. Prescripción
TÍTULO V. COMPETENCIAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Artículo 91. Coordinación de las competencias Artículo 92. Competencias de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears Artículo 93. Competencias de los municipios Artículo 94. Colaboración interadministrativa Artículo 95. Deber de colaboración con las administraciones de consumo
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Normativa supletoria
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimiento sancionador D.T. 2ª. Régimen transitorio de los reglamentos de desarrollo
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo de la ley D.F. 2ª. Entrada en vigor