Articulo 16 Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística
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»Artículo 16. Concurrencia con otras autorizaciones administrativas
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Las licencias se otorgan sin perjuicio de otras autorizaciones administrativas que sean exigibles. No obstante, en los supuestos de actos que comportan la ejecución de obras, que requieren otras autorizaciones administrativas en concurrencia con la licencia urbanística preceptiva, no se puede otorgar esta licencia mientras no hayan sido concedidas aquellas otras autorizaciones.
