Articulo 161 Sistema común del IVA
- La Decisión (UE) 2020/1109 del Consejo de 20 de julio de 2020, publicada en el DOUE de 29 de julio de 2020, modifica las Directivas (UE) 2017/2455 y (UE) 2019/1995 de forma que los cambios aplicables a partir del 1 de enero de 2021 pasan a tener efectos a partir del 1 de julio de 2021. - Decision (UE) 2020/1109 del Consejo de 20 de julio de 2020 por la que se modifican las Directivas (UE) 2017/2455 y (UE) 2019/1995 en lo que respecta a las fechas de transposicion y de aplicacion en respuesta a la pandemia de COVID-19
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»Artículo 161
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Los Estados miembros podrán eximir las siguientes entregas de bienes y las prestaciones de servicios relativas a las mismas:
a) las entregas de bienes contemplados en el párrafo primero del artículo 30, siempre que se mantengan los regímenes de importación temporal con exención total de derechos de importación o de tránsito externo;
b) las entregas de bienes contemplados en el párrafo segundo del artículo 30, siempre que se mantenga el procedimiento de tránsito comunitario interno previsto en el artículo 276.
