Articulo 162 Código aduanero de la Unión Europea
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Artículo 162. Contenido de una declaración en aduana normal

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Las declaraciones en aduana normales contendrán todos los datos necesarios para la aplicación de las disposiciones que regulan el régimen aduanero para el que se declaren las mercancías.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-10-2013 en vigor desde 30-10-2013