Articulo 163 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
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»Artículo 163. Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por los órganos administrativos competentes, de la prórroga o modificación de la autorización como sistema de responsabilidad ampliada del productor de residuos.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 3/2016, de 5 de mayo, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha. [2016/5126]
(DOCM de 11-05-2016) en vigor desde 31-05-2016