Articulo 164 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
Ver Indice
»Artículo 164. Sujetos pasivos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las Entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la autorización como sistema integrado de gestión de residuos.
