Articulo 167 TR de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje
Articulo 167 TR de la Ley... y paisaje

Articulo 167 TR. de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje

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Artículo 167. Finalización normal del programa de actuación integrada.

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El programa de actuación integrada concluye con la recepción o puesta en servicio de las obras de urbanización.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-2021 en vigor desde 17-07-2021