Artículo 17.Decreto 6/2026, de 20 de febrero
Ver Indice
»Artículo 17. Forma de disposición de los vehículos
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las personas titulares de las licencias y autorizaciones deberán disponer de los vehículos en virtud de un título de propiedad, usufructo o arrendamiento financiero o leasing.
