Articulo 17 Modificación ...o interior

Articulo 17 Modificación de diversas leyes de Euskadi para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior

Ver Indice
»

Artículo decimoséptimo.-

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Se adiciona un nuevo artículo 9 bis a la Ley 4/1995, de 10 de noviembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, con la siguiente redacción:

«Artículo 9 bis.- Sujeción a comunicación previa.

Los locales de espectáculos y actividades recreativas no incluidos en el artículo anterior, con carácter previo a su apertura, estarán sujetos al procedimiento de comunicación previa de actividad clasificada, de acuerdo con lo que dispone la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco».