Articulo 17 Protección civil y de gestión de emergencias
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Articulo 17 Protección civil y de gestión de emergencias

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Artículo 17. Unidad o Servicio de Protección Civil de la Junta de Extremadura.

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La Unidad o Servicio de Protección Civil de la Junta de Extremadura, bajo la dirección del órgano directivo con competencias en materia de protección civil y emergencias, desarrollará, entre otras, las siguientes funciones:

a) La elaboración y revisión de los Planes de Protección Civil para Extremadura, en colaboración con el resto de componentes del Sistema Integrado de Protección Civil y Gestión de Emergencias.

b) La propuesta de resolución de la inscripción de los Planes de Protección Civil del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la gestión del Registro de Planes de Protección Civil de Extremadura.

c) La elaboración y revisión de los Planes de Emergencia Exterior de aquellos Planes de aquellas industrias afectadas por riesgo químico, así como la información a la ciudadanía afectada por los mismos.

d) La gestión y tramitación de ayudas públicas que en materia de protección civil convoque la Junta de Extremadura.

e) El impulso y la ejecución de una política de formación en materia de protección civil que se dirija a la ciudadanía en general, voluntariado y responsables de la misma en sus distintos ámbitos. Esta formación deberá ser clara, concisa y accesible para todas las personas, especialmente a los colectivos que presenten dificultades de compresión, utilizando los medios adecuados para asegurar el entendimiento.

f) Fomentar las actividades relacionadas con la protección civil que desarrollen entidades de carácter público o privado.

g) Relación y coordinación con órganos autonómicos, estatales o internacionales en materia de protección civil y emergencias.

h) El apoyo técnico a las agrupaciones de voluntariado de protección civil.

i) Tramitación, seguimiento y control de los convenios de colaboración que se suscriban con entidades públicas y/o entidades sin ánimo de lucro.

j) La organización y realización práctica de ejercicios y simulacros dentro del marco de los Planes de Protección Civil competencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

k) La gestión de proyectos europeos para la implantación de redes de alerta temprana para Planes de Protección Civil y Emergencias.

l) La elaboración de los informes que correspondan a la Comunidad Autónoma de Extremadura en los procedimientos de declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

m) Las demás funciones que se le atribuyan reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-2019 en vigor desde 17-10-2019