Articulo 17 Reglamento ITV
Artículo 17.- Sistema de calidad.
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1. La estación ITV deberá implantar el sistema de calidad definido en su manual de calidad, empleando para ello los recursos y formación necesarios para conseguir su correcta aplicación. La dirección de la estación ITV deberá garantizar que la política de calidad es entendida por todo su personal y se aplica sin desviaciones en todos los niveles de organización de la estación ITV.
2. La estación ITV realizará auditorías y controles de calidad internos anuales, para verificar si el proceso de inspección cumple con los requisitos técnicos exigibles y comprobar si el sistema de calidad alcanza los objetivos establecidos por la política de calidad de la estación ITV, incluyendo necesariamente los siguientes puntos:
a) Adecuación del personal y de los medios materiales.
b) Grado de implantación del sistema de calidad.
c) Grado de calidad de las inspecciones, comparado con el exigible.
d) Información recibida de las personas usuarias, de la Dirección General o derivada de las verificaciones del sistema.
3. La estación ITV realizará auditorías y controles de calidad internos adicionales en los siguientes casos:
a) Antes de la autorización de funcionamiento de la estación ITV.
b) Cuando se hayan realizado, o cuando se produzcan cambios significativos en la organización de la estación ITV o en el procedimiento de inspección.
c) Cuando la ejecución de las inspecciones o el servicio de inspección presente anomalías significativas.
d) Cuando sea preciso verificar que las anomalías detectadas han sido corregidas.
