Articulo 17 Regulación y promoción del plurilingüismo en el sistema educativo
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»Artículo 17. Incidencia en la programación general anual y en los planes de actuación para la mejora
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1. En la programación general anual del centro educativo tendrán que recogerse las innovaciones didácticas y medidas organizativas previstas en el proyecto lingüístico de centro para cada curso escolar.
2. Las mejoras e innovaciones derivadas de la evaluación de la aplicación del proyecto lingüístico de centro tendrán que constar en el plan de actuación para la mejora y ser incluidas en la programación general anual.
