Articulo 176 Derechos y deberes de niños y adolescentes en el sistema de protección
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»Artículo 176. Valoración e informe propuesta
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176.1 Después de hacer la entrevista, el equipo técnico especializado debe valorar la posibilidad de intervenir de manera educativa o terapéutica, con la finalidad de disminuir las posibles conductas de riesgo y de dotar al niño o adolescente y su familia de recursos para su correcto desarrollo como persona. A estos efectos, elabora un informe propuesta, en el que debe constar la valoración del caso y la propuesta del o de los programas educativos que se consideran más adecuados, con los objetivos que se deben trabajar.
176.2 El informe propuesta se comunicará al Ministerio Fiscal, así como el informe del seguimiento periódico y el informe de finalización.
