Artículo 176. Ley 2/2026, de 12 de marzo, Andalucía
Ver Indice
»Artículo 176. Tipificación y sanción de infracción leve.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Se considera infracción leve la omisión o falseamiento malicioso de alguno de los datos aportados para el otorgamiento del distintivo de calidad ambiental de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. La comisión de esta infracción se sancionará con multa de hasta 6.000 euros.
