Artículo 177. Ley 2/2026, de 12 de marzo, Andalucía
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»Artículo 177. Tipificación y sanción de infracciones muy graves.
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1. Son infracciones muy graves las tipificadas en el artículo 37.2 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre.
2. La comisión de infracciones muy graves se sancionará con multa desde 50.001 hasta 2.000.000 de euros y/o extinción de la autorización o suspensión de esta por un periodo superior a un año y hasta un máximo de dos años.
