Articulo 18 Completa el Reglamento (UE) nº 909/2014 en lo que respecta a las nor...plina de liquidación
Articulo 18 Completa el Reglamento (UE) n.º 909/2014 en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la disciplina de liquidación
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 18. Costes del mecanismo de sanción
Vigente
1. Los DCV no utilizarán las sanciones pecuniarias para sufragar los costes relacionados con el mecanismo de sanción.
2. Los DCV comunicarán detalladamente a los participantes la cuantía de los costes a que se refiere el apartado 1.
3. Los DCV cobrarán a los participantes por separado los costes del mecanismo de sanción. Esos costes no se cobrarán atendiendo a las sanciones brutas aplicadas a cada participante.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-09-2018 en vigor desde 01-02-2022