Articulo 18 Condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local
Artículo 18. Proyecto de organización operativa o de gestión.
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Copiloto jurídico
1. Los aspirantes a la Escala Técnica o de Mando deberán elaborar y defender ante los miembros del Tribunal un trabajo relativo a la elaboración de un Proyecto de organización operativa o de gestión del servicio policial, acorde con las funciones del empleo a ocupar. Se entenderá por servicio operativo aquel que tenga que ver con el diseño de objetivos policiales y, especialmente, con la asignación de recursos, ejecución y control de las operaciones policiales que conlleve.
2. La elaboración y defensa de este proyecto es obligatoria y eliminatoria. Quienes no alcancen la puntuación mínima establecida en las bases de la convocatoria quedarán excluidos del proceso selectivo.
3. El contenido y valoración de estas pruebas se establecerá mediante Orden del titular del Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con competencia en materia de coordinación de policías locales.
