Articulo 18 Garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia
Ver Indice
»Artículo 18. Derecho al juego.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Todos los menores tienen derecho al juego y al ocio como elementos esenciales de su desarrollo.
2. Los juguetes deberán adaptarse a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes a que vayan destinados y al desarrollo psicomotor de cada etapa evolutiva, reuniendo las condiciones de seguridad que la normativa establezca.
