Articulo 18 Inventario de Espacios Naturales Protegidos
- Todas las referencias que efectúa esta norma a la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres deben entenderse referidas a la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, o a la que la sustituya, en su caso. - Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía.
Ver Indice
»Artículo 18.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Corresponde a la Junta de Andalucía, a través de la Agencia de Medio Ambiente, la administración y gestión de los espacios naturales protegidos de la Comunidad Autónoma.
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Agencia de Medio Ambiente, acordará la elaboración de los planes de ordenación de recursos naturales y los aprobará definitivamente.
