Artículo 18. Ley 2/2026, de 12 de marzo, Andalucía
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»Artículo 18. Ecoinnovación, investigación y desarrollo en materia de medio ambiente.
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La Administración de la Junta de Andalucía impulsará la ecoinnovación, la investigación y el desarrollo tecnológico en la generación y aplicación de nuevos conocimientos sobre el medio ambiente en el marco de los planes aprobados en esta materia. En particular, se procurará:
a) Favorecer la introducción de mejoras tecnológicas que permitan una mayor racionalización de la utilización de recursos y una menor generación de impactos sobre el medio ambiente.
b) Mejorar los procedimientos de prevención y control ambiental.
c) Fomentar la economía circular.
d) Propiciar el desarrollo de nuevos yacimientos de empleo verde de calidad.
