Articulo 18 Operaciones 2...upuestario

Articulo 18 Operaciones 2013 de cierre y apertura del ejercicio presupuestario

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Artículo 18. Operaciones no presupuestarias

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1. En aplicación del artículo 68 del Decreto 75/2004, los centros gestores que tramiten operaciones no presupuestarias dispondrán hasta el día 10 de febrero de 2014 para remitir las correspondientes conciliaciones referidas a día 31 de diciembre.

2. Las órdenes de pago no presupuestario que se tengan que tramitar para realizar los ajustes necesarios para la conciliación de las cuentas a día 31 de diciembre se podrán remitir a la Intervención General hasta el día 20 de diciembre. Estas órdenes se podrán validar y pagar hasta el día 31 de diciembre.

3. Las operaciones de conciliación de saldos que no requieran la tramitación de órdenes de pago no presupuestario se podrán proponer hasta el día 14 de febrero de 2014.