Articulo 18 Planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines
Artículo 18. Sustituto.
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1. Para que una oficina de farmacia pueda seguir prestando asistencia farmacéutica, se debe nombrar un farmacéutico sustituto en los supuestos previstos en el artículo 28.1 de la Ley 5/2005, de 27 de junio, así como en el artículo 23.4 de la misma hasta el nombramiento de regente.
2. El titular o, en su caso, el representante legal designará al farmacéutico sustituto y deberá comunicarlo a la Dirección Provincial, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, con al menos siete días de antelación al periodo para el que se designa, excepto en lo dispuesto en el apartado 3.
Dicha comunicación deberá ir acompañada de una declaración responsable firmada por el titular o, en su defecto, representante legal, y por el sustituto, en la que se indique los datos establecidos en el artículo 15.2 y la causa de sustitución, así como que el sustituto cumple los siguientes requisitos:
a) No incurrir en ninguno de los supuestos de incompatibilidad del artículo 80 de la Ley 5/2005, de 27 de junio.
b) Permanecer durante el periodo de ausencia del titular.
Además, el titular deberá disponer de la documentación acreditativa de la causa de sustitución que justifique el periodo de ausencia. En el caso de sustitución por asuntos particulares, el periodo máximo de sustitución será de tres días consecutivos, con un máximo de diez días al año.
3. El plazo para la comunicación del nombramiento al que se refiere el apartado 2 no será exigible en aquellos casos en que la designación del sustituto sea motivada por causa que no pueda preverse con la antelación necesaria. Cuando se trate de causa sobrevenida (enfermedad, accidente, causa familiar grave o similar), bastará con la comunicación telefónica del titular o representante legal al servicio competente en inspección farmacéutica de la Dirección Provincial y la presentación de la declaración responsable en el plazo de siete días posteriores a la comunicación.
