Articulo 18 Procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de electricidad a partir de la energía eólica
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»Artículo 18. Tramitación.
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Las solicitudes presentadas se someterán a información pública, se solicitará los informes que sean precisos y se procederá a someterlas, si fuera el caso, al procedimiento establecido en materia de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad con la normativa aplicable en esta materia.
