Articulo 183 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local
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»Art. 183.
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Sólo por medio de una Ley se podrán establecer servicios que representen cargas económicas para las Entidades locales o determinar obligaciones que tengan por objeto costear o subvencionar atenciones de las restantes Administraciones Públicas.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
(BOE de 30-12-1988) en vigor desde 31-12-1988
